Establece que, para fines de la presente Ordenanza, se utilizará la clasificación vehicular establecida en el Reglamento Nacional de Vehículos, Decreto Supremo N° 058-2003-MTC y aquellas incorporadas con RD N° 10476-2008-MTC/15.
Crear el "Servicio de Transporte Rural de Personas" como una modalidad especial dentro del Servicio de Transporte Público Regular de Personas para el distrito de Laredo, mediante la aprobación del "Reglamento del Servicio de Transporte Rural de Personas en el Distrito
MODIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 020-2017-MPT que amplía la vigencia de la habilitación vehicular, la cual se acredita con la TUC (Tarjeta Única de Circulación), establecida en el artículo 42º de la Ordenanza Municipal Nº 021-2012-MPT, hasta por 45 días adicionale