
Establece beneficios no tributarios en el pago de deudas derivadas de infracciones al transporte y tránsito terrestre impuestas en la jurisdicción de la provincia de Trujillo, en los casos de papeletas de infracción al reglamento nacional de tránsito, actas de control, actas de verificación, papeletas de infracción municipal, infracciones al nuevo reglamento del servicio de transporte publico de personas de la provincia de Trujillo, conforme a los porcentaje que se detalla en la presente ordenanza municipal.